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Presentan iniciativa contra vecinos ruidosos

La Paz, Baja California Sur.- En respuesta a las constantes quejas de ciudadanos por tener vecinos ruidosos, diputados presentaron una iniciativa que buscará crear la Ley contra la Contaminación Auditiva en Baja California Sur en la cual se contemplan multas por generar ruido, incluidas las serenatas, las cuales ─de no tener el permiso del Ayuntamiento─ alcanzarán una multa de hasta 1,267 pesos.

En ese sentido, la ley señala que los “gallos”, serenatas, únicamente se permitirán de acuerdo con el horario fijado en la licencia que para tales efectos deberá expedir el Ayuntamiento que corresponda; de lo contrario se multará con 15 veces el valor diario de la UMA, es decir 1,267 pesos, aproximadamente.

Al respecto, se detalló que la ley estaría compuesta por 14 artículos, por lo que «se considera como una normativa pequeña, pero grande en cuanto a sus propósitos», añadió la legisladora Perla Flores Leyva, al puntualizar que se podrá abatir los problemas que se generan entre vecinos.

Tendrá como base la norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT 1994, y se sustenta en el derecho de los mexicanos consagrado en el párrafo quinto del Artículo 4 de la Ley Fundamental, que refiere que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”.

En el caso de exteriores en zonas residenciales el límite máximo es de 50 decibeles (dB), en horario de 6:00 a 22:00 horas, mientras que en horario de 22:00 a 6:00 horas, el límite permitido es de 50 dB.

Para las zonas industriales y comerciales aplicará un máximo permisible de 68 dB en el lapso que comprende de 6:00 a 22:00 horas y llegando a los 65 dB en el periodo entre las 10 de la noche a las 6 de la mañana.

En las escuelas el nivel de ruido permitido tendrá un máximo de 55 dB, en áreas exteriores de juego. Para ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento se tiene contemplado un periodo de 4 horas, cuyo máximo podrá alcanzar los 100 dB.

Los ruidos solo se permitirán para: anunciar la llegada de vehículos a las esquinas donde no haya semáforos o policía de tránsito; para prevenir la proximidad de los vehículos en casos indispensables y sólo para evitar accidentes; para adelantar a otro vehículo; así como para retroceder, entrar o salir de garajes, expendios y otros.

Además, la iniciativa presentada indica que también se considera ruido el sonido producido por cohetes, explosivos, petardos u otros objetos de naturaleza semejante; asimismo, las emisiones sonoras producidas por los “gallos”, serenatas, mañanitas y otros que generen escándalo o ruido estridente.

Los aparatos mecánicos, electrónicos, digitales u otros reproductores de música deberán funcionar al volumen reducido, de manera que el sonido no trascienda al exterior de la casa habitación o local comercial.

Queda prohibido el uso de estos artículos en la vía pública (calles y banquetas) y en los patios interiores de las casas, después de las 24:00 horas.

Para fiestas de la colonia, deberá contarse con un permiso expedido por la autoridad municipal, donde se especificarán las horas máximas en que se permita el uso de aparatos musicales. De no cumplirlo serán acreedores a una multa de 25 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, es decir, alrededor de 2,112 pesos.

Finalmente, en las cantinas, casinos, bares, salones de fiesta o cualquier establecimiento análogo, el volumen o intensidad del sonido será regulado por los inspectores del Ayuntamiento; de incumplir con la disposición será sancionado con una multa de 25 veces el valor de la unidad de medida y actualización, de ser reincidente la sanción será de 50 veces (4,224 pesos, aproximadamente).

NBCS Noticias

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