Congreso de BCS

Proponen reformas al Código Penal para elevar penas por delitos sexuales y lesiones contra la mujer

La Paz, Baja California Sur.- La Diputada Daniela Rubio Avilés presentó propuesta de una serie de reformas al Código Penal de Baja California Sur a fin de elevar las penas para delitos sexuales, para delitos de violencia familiar, ampliar el catálogo de delitos que sancionan las agresiones físicas contra las mujeres, y la omisión de cuidados a quienes no puedan valerse por sí mismas.

La propuesta de la Presidenta de la Comisión de Seguridad propone elevar de la pena para violación actualmente condenada hasta con 15 años a de quince a veintidós años de prisión; para abuso sexual que establece penas de hasta 3 años propone elevarla de tres años a nueve años de prisión; Para el caso del abuso sexual de personas menores de edad, actualmente de 2 a 5 años, establece una pena más elevada, de cuatro años a doce años de prisión, y se propone la creación de un tipo penal denominado “Lesiones cometidas en contra de la mujer en razón de su género” que tendría una penalidad de siete a catorce años de prisión y en caso de que el agresor tenga una relación afectiva o parentesco la pena aumenta de nueve a dieciocho años de prisión.

La iniciadora expuso que las propuestas están plenamente justificadas ya que las estadísticas de denuncias de violación y abuso sexual se han elevado en Baja California Sur y que si bien se requiere de un trabajo preventivo de las instituciones encargadas para evitar la comisión de este ilícito, también es imperativo que las instituciones de la procuración e impartición de justicia tengan instrumentos legales para sancionar de manera ejemplar estas aberrantes.

En el mismo tenor se propone la elevación de las penas de prisión a la violencia familiar y la obligación de que el activo del delito sea sometido a tratamiento psicológico en aras a que no reincida en su conducta violenta. Adiciona ya que no estaba contemplada pena a quien exponga en una institución o ante cualquier otra persona, a una persona incapaz de valerse por sí misma, teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrá una pena de tres a seis años.

La  omisión de cuidados se eleva también las penalidades mínimas y máximas, de 6 meses a un año que contempla actualmente se eleva de un año a dos años además de la perdida de la patria potestad o tutela.

Si el abandono se pone en situación de peligro la integridad física y moral del abandonado la pena se aumentará de dos a cinco años de prisión.

En el caso de violencia familiar, que contempla los tipos física, psicológica, emocional, patrimonial o económica, la pena actual de uno a cinco años, se eleva de tres años seis meses a siete años seis meses de prisión y multa de cien a cuatrocientos días, y pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o residir en él.

Además se sujetara al activo del delito a tratamiento psicológico especializado el cual tendrá la duración que la autoridad jurisdiccional competente disponga, sin exceder el tiempo de la sanción de prisión y sin perjuicio de la aplicación de otros tratamientos.

La iniciativa de reforma fue turnada a la comisión de Puntos Constitucionales y de justicia.

NBCS Noticias

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