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TEPJF llama a prevenir violencia política contra mujeres; solo hay un sancionado en BCS

La violencia política contra las mujeres en razón de género todavía no es plenamente comprendida por la clase política, por lo que resulta necesario fortalecer las acciones de prevención y acompañamiento institucional, consideró la magistrada presidenta de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Rebeca Barrera Amador.

La magistrada señaló que existen conductas que pueden prevenirse si las mujeres cuentan con orientación y acompañamiento oportuno de las instituciones, particularmente ante la cercanía de nuevos procesos electorales.

En ese sentido, explicó que las Mesas Naranja, recientemente instaladas en Baja California Sur, tienen entre sus objetivos orientar a quienes participan en política sobre los límites que no deben rebasarse y contribuir a que las mujeres puedan desarrollarse plenamente en el ámbito político y electoral.

Sin embargo, Barrera Amador advirtió que no todos los conflictos o señalamientos planteados por mujeres constituyen violencia política en razón de género, por lo que consideró importante evitar el uso excesivo de esta figura jurídica.

Reconoció que esta postura puede generar controversia y no siempre ser bien recibida por quienes presentan una denuncia, pero sostuvo que las autoridades electorales deben analizar cada caso con base en los elementos jurídicos que establece la legislación.

La presidenta de la Sala Regional Guadalajara destacó que, pese a que se presentan diversos casos de violencia política contra mujeres, en Baja California Sur únicamente existe una persona sancionada por este motivo, cifra que contrasta con la de otras entidades vecinas, donde el número de sanciones es considerablemente mayor.

Para la magistrada, el objetivo principal debe ser evitar que las conductas lleguen a convertirse en casos de violencia política, mediante capacitación, orientación y acompañamiento institucional, de manera que las mujeres tengan condiciones más equitativas para participar y competir por cargos de elección popular.

La violencia política contra las mujeres en razón de género se encuentra contemplada en distintos ordenamientos legales, entre ellos la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

La legislación considera como violencia política contra las mujeres en razón de género aquellas acciones u omisiones, incluida la tolerancia, basadas en elementos de género y ocurridas en el ejercicio de los derechos político-electorales, que tengan como finalidad o resultado limitar, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de esos derechos.

Estas conductas pueden ser cometidas por servidores públicos, compañeros de trabajo, integrantes o representantes de partidos políticos, medios de comunicación o cualquier persona o grupo de personas.

NBCS Noticias

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